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Consulado de Colombia en Caracas

Exámenes de conocimiento

Con el Decreto 2106 del 2019, el Ministerio de Relaciones Exteriores adquirió la competencia para definir los parámetros y la metodología de la elaboración, práctica y calificación de los exámenes de conocimiento de Constitución Política, historia patria y geografía de Colombia e idioma castellano, cuando este no fuere la lengua materna del extranjero.

Mediante la Resolución 3596 del 14 de diciembre de 2020, la cual entra en vigor a partir del 31 de agosto de 2021, el Ministerio de Relaciones Exteriores determinó:

Canal de Atención al Usuario

En caso de requerir información adicional dentro de los trámites de Nacionalidad Colombiana por Adopción, Recuperación de la Nacionalidad, Renuncia a la Nacionalidad o Certificado De Antepasado De Extranjero Naturalizado o no Como Colombiano por Adopción, se deberá hacer a través del formulario único de registro de solicitud que podrá encontrar en el siguiente enlace: http://pqrs.cancilleria.gov.co/ o comunicarse al número telefónico 381 4000 Ext. 1272 o 3107

Tenga en cuenta antes de realizar sus trámites

  • Es requisito indispensable para llevar a cabo el trámite de naturalización que el extranjero se encuentre domiciliado en la República de Colombia y tenga una Visa de Residente Vigente en calidad de titular o beneficiario.
  • El domicilio en Colombia será de cinco (5) años consecutivos, contados a partir de la fecha de emisión de la Visa de Residente, el tiempo de residencia se reducirá a dos (2) años, si el extranjero cumple algunas de las siguientes condiciones:
  • Está casado o tiene compañero (a) permanente colombiano(a).

Normatividad

  • Constitución Política de Colombia. Artículo 96.
  • Ley 2332 de 2023, "Por medio de la cual se establecen los requisitos y el procedimiento necesarios para la adquisición, pérdida y recuperación de la nacionalidad colombiana y se dictan otras disposiciones".